martes, 11 de junio de 2013

Consejero presidente del IEE mete autogol y luego recula


El IEE tuvo que emitir un comunicado de prensa para resolver el enredo causado por Armando Guerrero quien en entrevista para El Sol de Puebla, afirmó que el Coipeep abría la posibilidad de que un candidato declinara por otro, previo al día de las elecciones, y con ello se provocara una transferencia de votos.

El Instituto Electoral del Estado (IEE) emitió un comunicado de prensa para resolver el enredo provocado por el consejero presidente y corregir las declaraciones vertidas ayer por Armando Guerrero Ramírez en entrevista para El Sol de Puebla, quien afirmó que el Código de Procedimientos e Instituciones Electorales del Estado de Puebla (Coipep) abría la posibilidad de que un candidato declinara por otro previo al día de las elecciones y con ello se provocara una transferencia de ellos.


El boletín envidado por el órgano comicial establece que de acuerdo con la Constitución Política Mexicana y demás ordenamientos electorales federales y locales “el voto es intransferible”. Además aclara los escenarios en los que un candidato puede ser sustituido o renunciar a su candidatura previo a la votación el próximo 7 de julio.

En cuanto a las sustituciones y renuncias de los abanderados registrados antes del 5 de mayo para competir por la alcaldía de Puebla, indica que el plazo para presentar cualquier sustitución por renuncia vence hasta 7 días antes de la jornada electoral, es decir el 30 del presente mes. Asimismo, el término para que dichos cambios aparecieran en la boleta feneció el 31 de mayo del presente, por lo que las sustituciones posteriores a esa fecha no podrán verse reflejadas en la boleta electoral.

El documento enviado por el área de Comunicación Social del IEE, señala que tanto la Constitución Política del Estado como el Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla establecen que el voto es el instrumento único de expresión de la voluntad popular, por lo que el voto es universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.

“El Instituto Electoral del Estado tiene la obligación de computar los votos que se emitan el día de la jornada electoral y asignarlos a las opciones políticas que los ciudadanos elijan al momento de votar, pues el voto no es transferible”, dicta parte del comunicado electoral.

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