martes, 25 de junio de 2013

Despoja Moreno Valle para engañar a los poblanos


Construye un inmueble que concentra servicios en zona de ricos y corona su obra con iniciales ególatras


El abuso de poder y el autoritarismo del gobierno de Puebla, encabezado por Rafael Moreno Valle Rosas, nuevamente se puso de manifiesto ahora en un medio de circulación nacional en el que se habla de la violación que hizo al ocupar un terreno que ya tenía un contrato de compraventa, además de desobedecer los requerimientos judiciales derivados de su ocupación, en donde ahora edificó el llamado Centro Integral de Servicios, constituido como un monumento a su egolatría.

Aquí lo publicado este lunes: Un nuevo escándalo donde el autoritarismo del gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle Rosas, queda de manifiesto fue denunciado ante el juez décimo de lo Civil de la Ciudad de México, en el cual se le acusa del despojo de más de 79 mil 328 metros cuadrados de terreno, ubicado en la reserva ecológica de Atlixcáyotl Quetzalcóatl, donde a un costo de tres mil 800 millones de pesos se alza el Centro Integral de Servicios y Atención Ciudadana (CISAC) a pesar de que el predio es de un particular.

Desoyendo órdenes de un juez, se apropia otra vez de un predio para alzar multimillonario monumento a su egolatría con cargo al pueblo, que por derecho pasaría a propiedad del legítimo dueño del terreno robado por el gobernador.

En mayo de 2011, al enterarse el particular que en el predio se construiría el complejo administrativo del gobierno de Puebla, dio viso al entonces secretario de infraestructura, José Antonio Gali Fayad, hoy candidato del PAN a la Presidencia Municipal de Puebla, de que él tenía derechos sobre el inmueble. Lo mismo hizo con Rafael Moreno Valle como jefe del Ejecutivo. ¡No hicieron caso!

No obstante lo anterior, el 8 de mayo de 2011, el gobernador colocó la primera piedra "el CISAC, ubicado en la vía Atlixcáyotl de la zona de Angelópolis de la ciudad de Puebla, con un costo de tres mil 800 millones de pesos.

Es decir, que a sabiendas de que el predio conocido como "UlDU SB2 tenía dueño, el mandatario decidió alzar ahí un costosísimo monumento a su egolatría, edificado con sus iniciales.

Ante tales hechos, el señor Ricardo Henaine Mezher acudió el 1 de abril de este año a solicitar el amparo de la justicia y por escrito compareció ante el Juzgado Décimo de lo Civil donde se abrió el expediente P 70/2013 para demandar del gobierno poblano y del Fideicomiso Público de la Reserva Territorial Atlixcáyotl Quetzalcóatl, a través de su director general, y de "Alfa Proveedores Contratistas S.A. de C.V. el otorgamiento, firma y elevación a Escritura Pública del Contrato de Compra venta celebrado el 25 de agosto de 2003, respecto del predio denominado "UDU SB2", con una extensión de 9,328.32 metros cuadrados.

En la misma diligencia se exhibió ante el juez que el precio pactado fue de 63 millones 62 mil 656 pesos.

Ante la presentación de la documentación correspondiente, el juez determinó admitir la demanda así como decretar la suspensión de cualquier clase de obra, construcción o modificación por parte de los demandados o terceros que las realicen sobre el inmueble materia del juicio, como de la misma forma, ordenó inscribir la demanda en el Registro Público de la Propiedad de la ciudad de Puebla, a fin de evitar que el inmueble reclamado pueda ser vendido, hipotecado y/o afectado por los demandados o terceras personas.

Cabe mencionar que el asunto lleva casi 10 años, ya que el 25 de agosto de 2003, el Gobierno del Estado de Puebla, a través del "FIDEICOMISO PÚBLICO DE LA RESERVA TERRITORIAL ATLIXCÁYOTL QUETZALCÓATL", representado en ese acto por su entonces director, el señor CARLOS OMAR VERGARA VALDERRÁBANO, en su carácter de vendedor, celebró con el señor Ricardo Henaine Mezher, en su carácter de comprador, un contrato de compraventa, respecto del predio identificado como "UDU SB2", con una superficie total de 79,328.32 metros cuadrados, localizado en la zona de "Angelópolis" de la ciudad de Puebla.

Desde luego, en aquel entonces el inmueble se encontraba baldío y el precio de la operación de compraventa pactado por las partes, ascendió a la cantidad de $800.00 por metro cuadrado, dando una suma total de 63,462,656 pesos.

Los efectos jurídicos del contrato de compraventa se condicionaron a que el vendedor concluyera favorablemente el litigio judicial, que en aquel momento el Gobierno del Estado de Puebla enfrentaba en relación con el predio "UDU SB2", lo que aconteció hasta el año 2011, (ocho años después), en que fue declarada firme e inscrita en el Registro Público de la Propiedad de la ciudad de Puebla, la Sentencia dictada en el litigio judicial de referencia, y por cuya virtud, el vendedor salió victorioso de la controversia judicial en que se le involucró.

Este hecho hizo que el señor Henaine Mezher exigiera el cumplimiento de su derecho al predio y depositara los 63 millones 462 mil 656 pesos.

Debe señalarse que en el contrato de compraventa, las partes establecieron que en caso de controversia o litigio, estaban conformes en someterse a la competencia de los Tribunales Civiles de la Ciudad de México, Distrito Federal.

Sólo como referencia debe mencionarse que la Reserva Territorial Atlixcáyotl Quetzalcóatl se creó con los predios remanentes que resultaron de la reubicación de la caseta de cobro de Puebla en 1999.

Omiten cumplir obligaciones

A pesar de la existencia del contrato, el gobierno de Rafael Moreno Valle Rosas y el Fideicomiso Público de la Reserva Territorial Atlixcáyotl Quetzalcóatl omitieron dar cumplimiento a sus obligaciones firmadas el 25 de agosto de 2003; esto es, negaron a escriturar a favor del señor Ricardo Henaine Mezher la propiedad del inmueble identificado como UDU SB2. Peor aún, el 8 de mayo de 2011, el gobernador Rafael Moreno Valle Rosas y su entonces secretario de Infraestructura, Antonio Gali Fayad, iniciar la construcción del CISAC, insistimos, al costo de tres mil ochocientos millones pesos.

Por ello, ante el flagrante incumplimiento en que incurrieron el Gobierno de Puebla y Fideicomiso de la Reserva Territorial Atlixcáyotl Quetzalcóatl, y a nueve días de haberse colocado la primera piedra, es decir, el 17 de mayo de 2011, el señor Henaine Mezher compareció por escrito ante los Tribunales Civiles de la Ciudad de México (Expediente 672/2011, Interpelación Judicial Juzgado Cuadragésimo Noveno de lo Civil d Distrito Federal) con el objeto de interpelar judicialmente a los vendedores.

En su demanda, el afectado plantea que en el improrrogable término de cinco días hábiles (a partir de que le sea legalmente notificada) el Gobierno de Puebla dé cumplimiento al Contrato de Compraventa de fecha 25 de agosto de 2003, así como el que proporcione al señor Ricardo Henaine Mezher, número de cuenta bancaria en la que debe ser pagado el precio total de la compraventa referida en el Contrato de fecha 25 de agosto de 2003, respecto del predio denominad U.D.U. SB2.

De igual forma se exige que en el improrrogable término de cinco días hábiles, contados a partir de que el señor Henaine Mezher haya pagado el precio total de la compraventa, otorgue y firme en Escritura Pública, el título de propiedad respecto del predio denominado U.D.U. SB2. I Ante la evidente intención del gobierno por construir en el predio, el afectado planteó que en el improrrogable término de tres días hábiles contados a partir de que sea legalmente notificado de la presente, le haga saber (el juzgado) al Gobierno del Estado de Puebla, por conducto del Gobernador, Rafael Moreno Valle Rosas, en su domicilio oficial, conocido como "Casa Aguayo", que se abstenga de realizar cualquier tipo de construcción en el predio denominado U.D.U. SB2".

Pero además solicita, también en un plazo improrrogable de tres días, a partir de que sea legalmente notificado la presente, que en caso de edificar o construir en el predio denominado J.D.U. SB2, perderá lo edificado o construido, sin que tenga derecho a reclamar indemnización alguna, en términos de lo dispuesto por los artículos 895 y 901 del Código Civil del Distrito Federal.

Se niegan a cumplir reclamos

En virtud del incumplimiento en que ha incurrido Henaine Mezher compareció por escrito nuevamente ante los Tribunales Civiles de la Ciudad de México (Juzgado Décimo de lo Civil, expediente 270/2013) con el objeto de demandar judicialmente al gobierno de Puebla, al FIDEICOMISO PUBLICO DE LA RESERVA TERRITORIAL ATLIXCÁYOTL QUETZALCÓATL, a través de su director general, y a "Alfa Proveedores y Contratistas S.A. de C.V. "(empresa contratada por la Secretaría de Infraestructura del Gobierno del Estado de Puebla para edificar la obra conocida como el CIS en el predio denominado "UDU SB2", con una extensión de 79,328.32 metros cuadrados.

Al momento de la demanda, el afectado exhibió ante el juez el precio total pactado por las partes en el contrato de compraventa de fecha 25 de agosto del año 2003, esto es la cantidad de 63 millones 462 mil 656 pesos.

De igual forma, debe destacarse que al momento de admitir el trámite de la demanda propuesta, el juez del caso decretó la suspensión de cualquier clase de obra, construcción o modificación por parte de los demandados o terceros que las realicen sobre el inmueble materia del juicio, y de la misma forma, ordenó inscribir la demanda en el Registro Público de la Propiedad de la Ciudad de Puebla, a fin de evitar que el inmueble reclamado pueda ser vendido, hipotecado y/o afectado por los demandados o terceras personas.

Esta demanda ya fue inscrita preventivamente en el Registro Público de la Propiedad de la Ciudad de Puebla.

Y así están las cosas, salvo que de los llamados a juicio sólo han dado contestación a la demanda "Alfa proveedores y Contratistas S. A. de C.V", así como la institución fiduciaria "BBVA Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer". El resto de los demandados no han sido emplazados a Juicio en virtud de diversos obstáculos procesales.

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